Amy Goodman
Periodista, investigadora, escritora... Ha demostrado que SÍ es posible la independencia de los medios de comunicación y ha dado voz a lxs excluídxs en los mass media. SIN ELLA NO SE MUEVE EL MUNDO.
Vandana Shiva
Doctora en física, filósofa, activista por la justícia global y la soberanía alimentaria... Ha demostrado que SÍ es posible la producción sostenible y plural de alimentos. SIN ELLA NO SE MUEVE EL MUNDO.
Tawakkul Karman
Periodista, política, activista por los Derechos Humanos... Ha demostrado que SÍ se puede luchar desde el pacifismo por la Revolución política, social y de género en Yemen. SIN ELLA NO SE MUEVE EL MUNDO.
Joumana Haddad
Poeta, traductora... Ha demostrado que SÍ se puede trabajar por la secularización de la sociedad, la libertad sexual y los derechos de las mujeres en Líbano. SIN ELLA NO SE MUEVE EL MUNDO.
Leymah Gbowee
Trabajadora social, responsable del movimiento que pacificó su país en 2003... Ha demostrado que SÍ es posible la Paz en Liberia y que las mujeres son sus constructoras. SIN ELLA NO SE MUEVE EL MUNDO.
Ada Colau
Filósofa de formación y miembra visible de la PAH... Ha demostrado que SÍ es posible hacer frente a la ilegitimidad de las leyes movilizando a la sociedad pacíficamente. SIN ELLA NO SE MUEVE EL MUNDO.
Marama Davidson
Activista por los derechos del pueblo maorí... Ha demostrado que SÍ es posible identificarse con la idea universal de la descolonización del Planeta. SIN ELLA NO SE MUEVE EL MUNDO.
Teresa Forcades
Doctora en salud pública, teóloga... Ha demostrado que SÍ es posible un discurso humanista, feminista y combativo por la justícia social dentro de la Iglesia Católica. SIN ELLA NO SE MUEVE EL MUNDO.
Sheelah McLean, Nina Wilson, Sylvia McAdam y Jessica Gordon
Fundadoras del movimiento Idle No More... Han demostrado que SÍ es posible mobilizar a la sociedad en defensa de los derechos de los pueblos autóctonos en Canadá. SIN ELLAS NO SE MUEVE EL MUNDO.
20 de agosto de 2016
Eren Keskin: cabeza de turca
25 de noviembre de 2014
Prostitución: la institución masculina patriarcal más antigua
Artículo publicado en Feminicidio.net
La primera edición del Diccionario Ideológico Feminista de Victoria Sau data de 1981. Todavía hoy es la definición más completa de "prostitución". La hemos escogido para nuestro glosario de términos feministas.
- Dicen que la prostitución fue instituida por las propias mujeres.
14 de julio de 2014
Marlene Cummins: "La violación de un país y la de una mujer están promovidas por el mismo motor"
Marlene, has prendido fuego en tu propia historia rompiendo un largo silencio con un disco y una película. ¿Es el fin de un proceso o el principio de una nueva dimensión?
Hablar de una misma como tú lo haces no debe ser fácil. ¿Cómo te decidiste?
La narración de episodios de violencia puede situar a la persona en el lugar de víctima. ¿Crees que la música y el cine son canales que permiten formas más ricas de autorretratarse?
Aparte de tu catarsis personal, ¿quieres enviar algún mensaje o contribuir a la justicia social de alguna forma?
¿Qué te llevó a ser miembro de las Panteras Negras?
¿Os sentíais conectados con el movimiento en América a pesar de las diferencias entre unas y otras comunidades negras?
¿Cómo te sentías entre tus compañeros hombres?
Sufriste la violencia sexual de líderes indígenas y negros. ¿Por qué crees que alguien en principio sensible a la injusticia sea capaz de abusar de su poder así?
El comienzo de Koori Woman corta la respiración, ¿en qué sentido es esta canción un elemento central en tu disco?
El sonido del didgeridoo conecta perfectamente con la crudeza de tu blues, ¿hay algo ancestral en ambos que los hace compatibles?
Así como el folk y el country han florecido dentro de la comunidad aborigen, el blues ha sido meno explorado, al menos entre las mujeres.
¿Un gira internacional a la vista? ¿España tal vez?
150 años de racismo institucional en Australia
Leyes segregadoras (1900-1905)
Las personas Aborígenes no son consideradas ciudadanas según la Constitución de la Commonweatlh. Leyes de inmigración para la Australia blanca: se prohíbe la entrada al país de personas no caucásicas. En 1905 se aprueba el Western Australia Aborigines Act. La custodia de todos los menores de 16 años pasa al jefe protector. Se establecen reservas donde se somete a las comunidades desplazadas. Le siguen leyes similares en otros Estados.Asimilación (años 40)
La población Aborígen tiene que ser asimilada en la sociedad blanca, quieran o no. Todo rastro de cultura indígena ha de ser eliminado. En 1938, 150 años después de la ocupación europea, la Asociación de Aborígenes Progresista declara el Día del Lamento. En 1939 se produce la marcha de Cummeragunja: primera huelga masiva Aborígen.Acción (años 60-70)
En los 60 Aparece la política de integración para supuestamente dar más control a la población Aborigen sobre sus vidas .Con las tensiones entre el fin de las políticas de asimilación del gobierno y el principio de la autodeterminación Aborigen, nace el Partido Australiano de Panteras Negras en 1971. En 1972 se produce una movilización por el derecho a la tierra. En 1975 se aprueba el Acta contra la Discriminación Racial.Reparación (años 90-2000)
Caso Mabo (1992). El Supremo australiano da la razón a Eddie Mabo decidiendo que hubo una ocupación de la población nativa y que Australia nunca fue una tierra vacía. En 2008, el Parlamento se disculpa por las “Generaciones Robadas”.
9 de mayo de 2014
María Moliner: el exilio interior
| María Moliner y su marido Fernando Ramón y Ferrando |
13 de abril de 2014
Políticas feministas contra la violencia sexista vs. Políticas gubernamentales
| Begoña Zabala González |
Un quehacer importante del movimiento feminista, desde siempre, ha sido y está siendo la lucha contra la violencia sexista. Cuando se produce la expresión más brutal de ésta, que es el asesinato, la preocupación y la indignación crece. Ayer mismo moría en Medina del Campo una joven de 32 años a manos de su expareja, que le disparó tres veces con arma de fuego y la dejó en coma. Hace la víctima número 18 del año, según fuentes de los medios, asesinadas por sus parejas o exparejas. El año pasado fueron 54 en total, según datos del Ministerio, lo que supone una cifra parcial relativamente inferior.
Estos datos, con lo parciales e insuficientes que son, han hecho sonar las alarmas. Se interpreta que la situación que vivimos, llamémosla de crisis, puede estar disparando estas cifras de asesinatos por violencia de género. Es lo que tienen los números. Cuando se comparan producen sus efectos, tranquilizadores o de alarma. En realidad los cincuenta y cuatro casos del año pasado ya me parecen suficientes como para alarmarse. Pero sobre todo, para hacer unos análisis serios sobre los nueve años que han pasado de vigencia que cumple la Ley Orgánica de Medidas de protección integral contra la violencia de género.
Solo con estos titulares, voy a hacer dos reflexiones que me vienen a la mente, para apostillar las políticas gubernamentales y resaltar las prácticas y políticas del movimiento feminista. Necesitamos, desde el movimiento feminista, preguntarnos y contestarnos sobre lo que está pasando en los ámbitos de la violencia sexista, sobre todo para saber responder a esta extrema agresión que sufrimos las mujeres, justo en el momento en el que se dice que se está avanzando en igualdad. ¿Será que no se avanza tanto? ¿Será que el paradigma igualdad no es un correlato de la violencia machista?
Definición de violencia sexista
Para tranquilidad de las estadísticas y de los números, la vigente ley codifica el termino legal de violencia de género, limitando su ámbito de comprensión de forma extremada. No solamente es un problema semántico o de lenguaje jurídico, que se apropia –y a la vez expropia al movimiento feminista- de un término de larga tradición para acuñar un significado propio, sino que su muy particular interpretación va a distorsionar la realidad contada, así como la intervención institucional. Porque no debemos olvidar que la ley anuncia ya desde su título que va a tomar medidas cuando se produzca esta violencia de género, y en todo caso, para que no se produzca la misma. Es decir su foco lo dirige de forma casi unívoca a la violencia de los hombres contra las mujeres –pueden excepcionalmente ser víctimas también los hombres- cuando se da dentro del ámbito de una relación de pareja sentimental o afectiva, aunque ésta haya cesado.
Asi que tranquilidad, pues los 18 asesinatos de este año podían ser más, si contamos realmente a las mujeres asesinadas como consecuencia de la dominación masculina. Lo que siempre se ha llamado violencia sexista o machista o de los hombres contra las mujeres, o de género. Se excluye de un plumazo a todas las mujeres que no tienen o no han tenido relación “afectiva” con el agresor. El relato nunca será contado en sus términos para ignominia de las mujeres afectadas.
¿Y tiene esto realmente consecuencias en los casos concretos? Obviamente en el campo penal, criminológico, tema que preocupa de forma extrema a la propia ley, es definitorio. Ninguna de las medidas que se contemplan, y se consideran preventivas, -para prevenir más violencia pues en alguna medida ya se ha producido violencia cuando se pone en práctica la protección-, se pueden tomar si no es un supuesto definido por la ley como de violencia de género. Por supuesto, el tratamiento al agresor también es importante, ya que la violencia de género es una violencia cualificada para el sistema penal, en las penas y en el tratamiento. Siempre ponemos como el ejemplo el caso del asesinato de Nagore Lafagge, en Iruñea, un 7 de julio, cuando se negó a mantener relaciones sexuales con el que la asesinaría, que no fue considerado siguiendo literalmente la letra de la ley, violencia de género.
Denuncia de los casos de violencia sexista
Se ha criticado abundantemente el tratamiento por parte de la ley de la violencia sexista como un tema exclusivamente penal, policial, desde las políticas criminológicas. Esta consideración, además de focalizar de forma exagerada la violencia más tangible y visible, y muchas veces la más repudiable, desde luego, articular todas las medidas de alrededor y todo el actuar para su prevención y la resolución de los casos.
También sitúa a las mujeres como víctimas y como tales van a ser atendidas, y sobre todo van a ser protegidas, en su consideración de una víctima sin capacidad de decisión y con necesidad de protección. No tenía por qué ser así, pues se puede ser víctima de otras formas. No hace falta mirar muy lejos para ver la gran presión y protagonismo –e incluso la actividad y participación política beligerante- que otras víctimas, organizadas incluso en asociaciones varias, ejercitan a diario.
En este itinerario legal-policial-penal, que casi es el único al que reconducen a las mujeres, hay una figura estrella absolutamente necesaria para poner en marcha los mecanismos de intervención protectora o de prevención: la denuncia judicial. Pero no solamente opera como mecanismo jurídico imprescindible y necesario, sino que publicitariamente y mediáticamente, digamos que divide aguas. Todas nos acordamos de aquella campaña institucional, realizada desde Madrid, que terminaba diciendo “termina con esta lacra, es muy fácil, sólo tienes que marcar un número”. ¿Qué sensación de culpabilidad y de tonta integral te puede quedar si ni siquiera eres capaz de marcar un número de teléfono?.
Así también cuando los hechos más dolorosos se producen y acaba en asesinato, la primera averiguación es saber si había denunciado, si tenía medidas especiales de protección y si las cumplía a rajatabla. Parece que esto es un previo “sine qua non” para calibrar la culpabilidad del sujeto. Total para deducir que en un número importante de casos, a pesar de todos los pesares, y de haber presentado varias denuncias, el asesinato se termina produciendo.
Además, esto de la denuncia opera de forma muy contradictoria, pues a veces resulta que las mujeres retiran las denuncias. Por muchas razones que no vamos a entrar ahora a analizar, que tienen que ver en la mayoría de los casos con la dificultad del propio proceso, y de los procesos penales en general, y su burocracia, o con la búsqueda de fórmulas alternativas que pasan por no acudir a las vías penales. Tema por cierto que se ve con mucha frecuencia en otros ámbitos del campo penal y otros jurídicos y se reciben con aplauso, en pro de soluciones negociadas. Pues bien, cada vez que se descubre que una mujer ha retirado una denuncia, se equipara esto mecánicamente a “denuncia falsa” y por eso la retira, o “denuncia presionada”, para obtener otros beneficios, quién sabe cuáles.
A menudo el movimiento feminista ha terciado en este debate. Judicializar y penalizar hasta el extremo el tema de la violencia sexista entre parejas o exparejas, sin analizar todo el complejo camino que hay detrás, para ver las soluciones, está oscureciendo la naturaleza de la propia violencia. Hay un camino muy sinuoso y sutil de violencia de género, que no se puede detectar por mecanismos policiales y judiciales, ni mucho menos solucionar. El continuum de esta violencia, inicia su itinerario en una relación de dominación con violencia casi imperceptible, más en el campo de la violencia simbólica, que debe ser analizado y sobre todo sancionado y atajado, con otros mecanismo diferentes. El análisis tiene que ser más profundo y complejizado. No estamos simplemente ante un asesino del peor calibre, pues antes de convertirse en esto, han pasado muchos episodios de violencia que si no se resuelven con medidas y derechos para las mujeres que los están sufriendo y viviendo, llevarán de forma inequívoca al final del asesinato.
Es por esto que la respuesta a la violencia sexista, en todas sus dimensiones, no puede ser, ni se puede reducir de ninguna de las formas a la denuncia y a los ámbitos judiciales. Llevamos años analizando los mecanismos de dominación masculina, el sexismo y la violencia y el papel que juega en la perpetuación del sistema heteropatriarcal. Y este es el primer paso obligado para poder tomar medidas en contra de las violencias concretas. En esta explicación y en esta lucha, no está resultando buen aliado un sistema legal que no tipifica bien a la violencia sexista; que judicializa de forma exagerada los casos de violencia en pareja; que trata de proteger a la víctima como si de una menor se tratara, sin capacidad de decidir; que no le concede instrumentos –derechos- para su defensa autónoma y para su supervivencia; y sobre todo, que no interviene de forma eficaz en contra de las relaciones de dominación masculina y su imaginario simbólico, que naturalizan la sumisión de la mujer, como primer paso para la violencia. No es la igualdad del paradigma de desaparición de la violencia sino el empoderamiento, individual y colectivo de las mujeres.
12 de diciembre de 2013
La violencia contra las mujeres como arma estratégica del poder en la guerra social
La violencia contra las mujeres a menudo ha sido utilizada como un arma de guerra, con la intención de castigarlas, humillarlas y deshumanizarlas, pero sobre todo, con la intención de reprimir y destruir por todos los medios posibles el grupo al que pertenecen.
En los conflictos armados, esta violencia ha sido durante mucho tiempo asimilada a un signo de dominación más que a una herramienta de destrucción.